¿Qué es el impuesto a los productos comestibles ultraprocesados?
Es un nuevo impuesto, introducido por la pasada reforma tributaria del mes de diciembre del 2022, este impuesto recae sobre aquellos productos comestibles que contengan cierta cantidad de sodio, azúcar añadida y grasa saturada. Es uno de los llamados impuestos saludables, pues lo que busca es desincentivar el consumo de este tipo de alimentos agregándoles un impuesto, y de esta manera “impactar positivamente” la salud humana de los consumidores.
¿Qué se considera un producto comestible ultraprocesado para efectos tributarios?
Son aquellos productos comestibles que excedan ciertos porcentajes de sodio, azucares añadidas y grasas saturadas. Los porcentajes son dados por la Ley en el numeral 2 del articulo 513-6 del estatuto tributario nacional.
Es decir, que los productos comestibles que excedan estos porcentajes de sodio, azúcar añadida y grasas saturadas, son considerados ultraprocesados para efectos fiscales y generan el nuevo impuesto objeto de análisis.
¿Cuáles son los productos comestibles ultraprocesados, sujetos al impuesto?
No todos los alimentos que superen los porcentajes mencionados anteriormente están sujetos al impuesto. Dicho impuesto solo aplicará sobre los siguientes alimentos siempre y cuando superen los porcentajes señalados de sodio, azúcar añadida y grasas saturadas (Articulo 513-6 ETN):
¿Cuál es el hecho generador del impuesto sobre lo productos comestibles ultraprocesados?
La producción, venta, retiro de inventarios para consumo propio e importación (al momento de nacionalizar la mercancía) de los bienes sometidos al impuesto sobre los productos comestibles ultraprocesados. Como bien sabemos, no son todos los productos comestibles sino aquellos que la norma señala.
¿Quiénes son los responsables del impuesto sobre lo productos comestibles ultraprocesados?
Productores y/o importadores únicamente.
Sin embargo hay una excepción para los productores que sean personas naturales, y consiste en que aquellos productores que obtengan ingresos inferiores a 10.000 UVT ($424.120.000 hoy 2023) en el año en curso o en el año anterior, provenientes de la actividad gravada; no serán responsables de dicho impuesto.
¿Cuál es el cálculo para determinar el porcentaje de sodio, azúcar añadida o grasas saturadas que contiene un producto comestible?
El cálculo lo establece la norma en parágrafo 1 del articulo 513-6 del estatuto tributario nacional, y es el siguiente:
a) Sodio: se toma cualquier cantidad de alimento, puede ser cien gramos (100 g) o la porción, y se divide el contenido de sodio reportado, entre el número de kcal, reportadas en la misma cantidad, si esta relación es superior a uno (1) será sujeto de impuesto. Por otro lado, debe calcular el contenido de sodio en cien gramos (100 g) y si este supera los trescientos miligramos (300 mg), estará sujeto al impuesto. Es suficiente con que se cumpla una de las dos condiciones para ser sujeto al impuesto.
b) Azúcares: se debe identificar los azúcares añadidos según lo definido en el parágrafo 2 de este Artículo. Una vez identificados, en cualquier cantidad de alimento, se debe multiplicar la cantidad de azúcares añadidos en gramos, por el factor de conversión de azú cares (4 kcal/g). Este resultado, se divide entre el total de las kcal, de la misma cantidad de alimento y se multiplica por cien (100). Finalmente, se compara este resultado con el porcentaje establecido en la tabla, y si es igual o superior a diez por ciento (10%), estará sujeto al impuesto.
c) Grasas saturadas: se debe multiplicar la cantidad de grasas saturadas en gramos, por el factor de conversión de grasas (9 kcal/g), en cualquier cantidad de alimento. Este resultado, se divide entre el total de las kcal, de la misma cantidad de alimento y se multiplica por cien (100). Finalmente, se
compara este resultado con el porcentaje establecido en la tabla, y si es igual o superior a diez por ciento (10%), estará sujeto al impuesto.
¿Cuál es la tarifa del impuesto sobre lo productos comestibles ultraprocesados?
Para el año 2023 es el 10%, para el año 2024 es el 15% y para el año 2025 en adelante es el 20%.
¿Cuál es la periodicidad del impuesto sobre lo productos comestibles ultraprocesados?
Bimestral, teniendo en cuenta los plazos que ha designado el gobierno nacional para declarar de manera oportuna, dichos plazos se pueden encontrar en el calendario tributario vigente. Sin embargo en los casos de las importaciones, el impuesto se causa y se paga al momento de la nacionalización del producto.
¿Cuándo se causa el impuesto para un productos y cuando para un importador?
En el caso de productores, se causa cuando se venda a los consumidores en Colombia, pues las exportaciones no están gravadas con dicho impuesto. De igual manera, si el productor hace retiros del inventario para consumo propio también causaría el impuesto.
Por otra parte, en el caso de los importadores, el impuesto se causa al momento de nacionalizar el bien sin importar si es para consumo propio o para comercializar.